Programa Salud Ocupacional
Dirección asociada
Ubicación y dependencia jerárquica
El programa de Salud ocupacional está ubicado en el departamento de Salud y atención integral a la población, el cual se encuentra en el Nivel Operativo Ejecutivo y depende jerárquicamente de la Sub Dirección General de Salud de la Población.
Misión:
- Fortalecer el papel rector del Ministerio de Salud en Salud Ocupacional que garantice ambientes laborales saludables, participación y corresponsabilidad sostenible de los trabajadores y empleadores así como gestión eficiente y efectiva en la prevención de los accidentes y enfermedades laborales.
Funciones:
- Regular y vigilar el cumplimiento de las condiciones de salud y seguridad que deban reunir los ambientes de trabajo estableciendo una política nacional de medicina e higiene industrial y laboral.
- Contribuir al desarrollo de política dirigidas a promover, preservar, mantener, recuperar la salud de los trabajadores y la reintegración de estos a su ambiente laboral a nivel nacional.
- Definir políticas y establecer las normas de control en relación a: la calidad del aire de interiores y exteriores de las empresas, sustancias químicas, radiaciones ionizantes y no ionizantes, campos electromagnéticos, calor, humedad, ruido, vibraciones, iluminación, agentes biológicos, saneamiento básico, manejo de residuos y desechos , gases, polvos humos, etc., así como la seguridad de materiales, maquinarias, herramientas, equipos de trabajo, ordenadores y videos terminales de cualquier otra tecnología que se utilice.
- Fomentar la ampliación de la cobertura de la vigilancia y prestación de los servicios de salud ocupacional de manera integral, en forma continua y sistemática a toda la población laboral en el territorio nacional.
- Normar, colaborar e impulsar el desarrollo de los sistemas de vigilancia de la salud de la población laboral y de su morbi-mortalidad con el objetivo de identificar, evaluar, eliminar, disminuir o limitar los daños a la salud del trabajador causados por factores de riesgos laborales en el País.
- Revisar, actualizar y validar periódicamente los protocolos para la vigilancia en materia de salud ocupacional y vigilar la aplicación de los mismos.
- Formular, actualizar y vigilar el cumplimiento en forma permanente, participativa y basada en la evidencia científico técnica, las disposiciones legales, normas y procedimientos jurídicos y técnicos en materias de seguridad y salud en el trabajo, de toda la producción u oferta de servicios públicos y privados, directos e indirectos, para garantizar la salud integral a la población laboral en todo el territorio nacional.
- Coordinar grupos de trabajos interdisciplinarios e interinstitucionales para la elaboración, revisión, validación y actualización de las normas jurídicas y técnicas de salud integral de la población en el ámbito laboral.
- Dirigir y coordinar las reuniones de las comisiones interdisciplinarias, interinstitucionales e intersectoriales dirigidas al desarrollo de trabajos y proyectos relacionados a la salud integral de la población en el ámbito laboral.
- Adoptar, adaptar y actualizar las normas nacionales según convenios que dicten los organismos internacionales en materia de salud ocupacional.
- Asesorar a instancias superiores a través de la Dirección General y la Sub Dirección General de la Población, sobre resoluciones, convenios, declaraciones, acuerdos, tratados y otras disposiciones legales internacionales a ser adoptadas o ratificadas por la República de Panamá en materia de salud ocupacional y dar seguimiento a las obligaciones en ellas adquiridas.
- Coordinar con instituciones gubernamentales, autónomas y no gubernamentales, acciones dirigidas a la preservación, mantenimiento, mejoramiento y re-establecimiento de la salud de los trabajadores en el territorio nacional.
- Revisar y evaluar los diversos estudios presentados en relación a la salud ocupacional tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
- Velar por la atención integral del personal de las instituciones públicas entendiendo por ello, la atención médica y evaluaciones y el mejoramiento de los ambientes laborales.
- Planificar e insertar la gestión de salud y seguridad en el trabajo en los planes de desarrollo nacional y de la agenda social.
- Establecer los deberes y derechos de los trabajadores en materia de salud ocupacional y velar por su cumplimiento.
- Promover y reglamentar la conformación de los Comités de Salud y seguridad en las empresas públicas y privadas.
- Coordinar las actividades, tareas y responsabilidades en materia de atención del trabajador con las siguientes disciplinas: enfermería, psicólogo, trabajo social, nutrición, terapeuta ocupacional, fisioterapeuta, fonoaudiólogo, fisiatría entre otras.
- Desarrollar políticas dirigidas a promover, prevenir, proteger, recuperar y rehabilitar la salud de los(as) trabajadores(as) en forma eficiente, eficaz, con equidad y respeto de los derechos humanos.
- Contribuir al desarrollo de políticas que faciliten un proceso científico y humanista de reubicación; readaptación o re-educación laboral.
- Elaborar, actualizar y validar periódicamente los protocolos normativos, de investigación así como las guías técnicas para la vigilancia y niveles de intervención de los factores de riesgo y riesgos laborales de las condiciones y ambientes de trabajo en las actividades económicas del país..
- Adoptar, adaptar y actualizar las normas nacionales según convenios y recomendaciones que dicten los organismos internacionales en materia de salud ocupacional.
- Formular, actualizar y vigilar el cumplimiento permanente de las normas y procedimientos jurídicos y técnicos en materias de seguridad y salud en el trabajo, con participación tripartita, basada en la evidencia científica, relacionado a toda la producción u oferta de servicios públicos, privados, formal e informal, directos e indirectos, para garantizar la salud integral a la población laboral en todo el territorio nacional.
- Coordinar con las Clínicas de Salud Ocupacional y / o del empleado de la red nacional de servicios y la Dirección de Provisión de Servicio los procesos de evaluación de la salud del trabajador según estándares y normas nacionales, en forma multidisciplinaria e integral que garanticen niveles aceptables de bienestar bio-sico–social y eleve la eficiencia y eficacia del programa en la prevención de la accidentabilidad y enfermedad laboral.
- Coordinar con instituciones gubernamentales, autónomas y no gubernamentales, en la ejecución de políticas de Estado que prevengan la discapacidad en Panamá con la preservación, mantenimiento, mejoramiento y restablecimiento de la salud de los trabajadores en el territorio nacional.
- Colaborar en la promoción del trabajo decente y digno, con sitio y entorno de trabajo seguro y saludable en todos los centros de producción de bienes y servicios públicos y privados con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población.
- Colaborar en la evaluación de investigaciones, proyectos o estudios sobre medicina del trabajo para su aplicación y recomendación en el ámbito nacional e internacional.
- Coordinar con la Dirección de Promoción de la Salud del MINSA las actividades de promoción de estilos y conductas de vida saludables de los trabajadores.
- Establecer y ejecutar un presupuesto de acuerdo con la realidad nacional y las necesidades del Área de Medicina del Trabajo.
- Coordinar las actividades y tareas desarrolladas por las siguientes disciplinas: higienistas del trabajo, trabajo social, psicólogo, ergónomo y toxicólogo para regular y vigilar el cumplimiento de niveles de salud ,higiene y seguridad en los ambientes y condiciones de trabajo de las diferentes actividades económicas del país a través de una política nacional de medicina e higiene laboral e industrial acorde a las necesidades y demandas de la población panameña, teniendo como núcleo central de gestión la estrategia de atención primaria. Y la cultura de la prevención.
- Facilitar el cumplimiento de normas de control de calidad de: la calidad del aire de interiores y exteriores de los ambientes laborales, en el control de las sustancias químicas, radiaciones ionizantes y no ionizantes, campos electromagnéticos, calor, humedad, ruido, vibraciones, iluminación, agentes biológicos, saneamiento básico, manejo de residuos y desechos, gases, polvos, humos, aspectos ergonómicos, así como la seguridad de materiales, maquinarias, herramientas, equipos de trabajo, medios de transporte; ordenadores, videos terminales y de cualquier otra tecnología que se utilice en la República de Panamá.
- Participar activamente con los grupos de trabajos y comisiones interdisciplinarios, interinstitucionales e intersectoriales que se constituyan para la elaboración, revisión, validación y actualización de las normas jurídicas y técnicas de higiene y seguridad laboral.
- Elaborar, actualizar y validar periódicamente los protocolos normativos, de investigación así como las guías técnicas para la vigilancia y niveles de intervención de los factores de riesgo y riesgos laborales de las condiciones y ambientes de trabajo en las actividades económicas del país.
- Formular, actualizar y vigilar el cumplimiento permanente de las normas y procedimientos jurídicos y técnicos en materias de higiene, seguridad y salud en el trabajo, con participación tripartita, basada en la evidencia científica, relacionado a toda la producción u oferta de servicios públicos, privados, formal e informal, directos e indirectos, para garantizar la salud integral a la población laboral en todo el territorio nacional.
- Promover y reglamentar la conformación de los Comité de salud y seguridad industrial en todas las empresas del país y prioritariamente con el sector informal que faciliten la ejecución de planes de intervención en promoción de la salud y prevención de los factores de riesgos y riegos laborales.
- Asesorar a instancias superiores y Regionales a través de la Dirección General y la Sub-Dirección General de la Población, sobre resoluciones, convenios, declaraciones, acuerdos, tratados y otras disposiciones legales internacionales a ser adoptadas o ratificadas por la República de Panamá en materia de higiene y seguridad laboral y dar seguimiento a las obligaciones en ellas adquiridas.
- Colaborar en los comités técnicos convocados por la Dirección General de Salud en coordinación con la Dirección General de Salud Ambiental para la recomendación de estrategias dirigidas a preservar la calidad sanitaria ambiental, en el caso de emisiones contaminantes generadas al ambiente, por cualquier forma de actividad productiva, orientadas a preservar la salud de la población.
- Coordinar con el grupo interdisciplinario, la aplicación del monitoreo y evaluación epidemiológica de la salud, para el estudio de los factores de riesgo y riesgos, las causas de los daños derivados del trabajo y la efectividad de las medidas emprendidas.
- Vigilar la distribución y tendencias de los fenómenos de interés sobre las condiciones de trabajo (factores de riesgo), y los efectos de los mismos sobre el trabajador (riesgos).
- Coordinar la recogida sistemática y continua de datos acerca de un problema específico de salud para su análisis, interpretación y utilización en la planificación, implementación y evaluación de programas de salud laboral.
- Participar activamente con los grupos de trabajos y comisiones interdisciplinarias, interinstitucionales e intersectoriales que se constituyan para la elaboración, revisión, validación y actualización de las normas jurídicas y técnicas de salud integral de la población en el ámbito laboral en materia de monitoreo y evaluación epidemiológica de la sinestrabilidad.
- Elaborar, actualizar y validar periódicamente los protocolos normativos, los protocolos de investigación, así como las guías técnicas para el monitoreo y evaluación epidemiológica de la salud según niveles de intervención de los factores de riesgo y riesgos laborales de las condiciones y ambientes de trabajo en las actividades económicas del país.
- Normar, colaborar e impulsar el desarrollo del monitoreo y evaluación epidemiológica de la salud, con el objetivo de identificar, evaluar, eliminar, disminuir o limitar los daños a la salud de los trabajadores causados por factores de riesgos laborales y la sinestrabilidad en el País.
- Coordinar con las Clínicas de Salud Ocupacional y / o del Empleado de la red nacional de servicios, los procesos de evaluación de la salud del trabajador según estándares y normas nacionales, en forma muldisciplinaria e integral que garanticen niveles aceptables de bienestar bio-sico–social y eleve la eficiencia y eficacia del programa en la prevención de la accidentabilidad y enfermedad laboral.
- Colaborar en la evaluación de investigaciones, proyectos o estudios sobre el monitoreo y evaluación epidemiológica y sinestrabilidad laboral para su aplicación y recomendación en el ámbito nacional e internacional.
- Colaborar con la Dirección de Planificación de Salud en la formulación de las políticas y estrategias del Plan Nacional de Salud en materia de Salud Ocupacional.