El Ministerio de Salud (Minsa) a través de la Dirección General de Salud Pública emitió la Resolución número 2552 del 1 de octubre de 2021, donde se aprueba el formulario para que los empresarios soliciten la autorización para realizar actividades en locales o instalaciones con un aforo del 100% de su capacidad, según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 852 de 29 de septiembre de 2021.
La Resolución establece que solo podrán ingresar a la instalaciones abiertas o cerradas con un aforo del 100 %, las personas con esquema de vacunación completa, con un mínimo de 14 días de la última vacuna en actividades concurridas como bodas, cumpleaños, bautizo, quince años, conferencias, seminaritos, exposiciones, ceremonias religiosas o cultos, eventos deportivos o recreativos, así como también los cines, teatros, museos, galerías, gimnasios, coliseos, estadios, restaurantes, parrilladas, bares, cantinas, jardines, jonrones, discotecas, salas de bailes y actividades lúdicas.
En el segundo punto advierte que el Ministerio de Salud se reserva el derecho de hacer las modificaciones y actualizaciones pertinentes al presente formulario en la medida que se tenga más información disponible sobre la evolución de la Covid-19 en nuestro país.
Mientras que el tercer punto, aprueba el Anexo A, que contiene el formulario que deben presentar los representantes legales o responsables de actividades para solicitar el aforo del 100 % de capacidad.
Frente a esta nueva normalidad social, el Ministerio de Salud pide a la población cumplir con las medidas de bioseguridad establecidas por las autoridades, no bajar la guardia y acudir a los centros de vacunación.