El Ministerio de Salud continuando con el objetivo de brindar respuestas oportunas a la población, efectúa los trámites de “salvoconductos humanitarios” que permite la movilidad de la persona de un cerco sanitario a otro, medida tomada en cuenta ya que la movilización de las personas facilita contraer el COVID-19.
La dra. Yelkys Gill en representación de la Secretaria General de Salud del Minsa dijo que los principales requisitos para la obtención de salvoconductos son:
* Nota firmada con la cédula del solicitante
* Generales y domicilio de la persona
* Una carta motivo donde la persona exprese por que solicita este tipo de apoyo al Ministerio de Salud dirigida al Secretario General Dr. José B. Baruco o dirigida a la Ministra de Salud Rosario Turner Montenegro.
* Número de teléfono
* Cualquier otro documento que sea requerido por la secretara general y que sustente su movilización.
Explicó que este procedimiento es algo que se hace en conjunto con la dirección de asesoría legal, ya que el salvoconducto es un documento legal que se requiere para trasladarse de un cerco sanitario a otro.
Resaltó que en el tema del fallecimiento se les da la orientación que solo se permiten 5 familiares y se le solicita el certificado de defunción de la persona.
Gill detalló que los salvoconductos no son abiertos, el salvoconducto emitido especificará el horario, destino y el día en que se desplazaría la personas; “no es un salvoconducto abierto que la persona va a utilizar para ir y salir”.
Sostuvo que todos los casos son individualizados y analizados con criterio técnico legal.