Gobierno Nacional de Panamá
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Impuesto selectivo para bebidas azucaradas

Martes, 19 de Noviembre de 2019

Con el fin de promover y estimular estilos de vida saludables, el Ministerio de Salud (MINSA) logró que la Asamblea Nacional aprobara la ley 114 del 18 de noviembre de 2019, que establece el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas. -

La nueva disposición, presentada meses atrás, establece que las bebidas gaseosas aumentarán un 7%, mientras que las bebidas azucaradas registrarán un incremento del 5%, ya sea de producción nacional o importada. -

Igualmente, la norma contempla el 10% para los jarabes o siropes que se utilizan en la producción de bebidas azucaradas en el país. -

Es importante aclarar que están exentos de este nuevo impuesto, los alimentos a base de lácteos, granos, cereales, jugos de frutas, cuyo gramaje sea inferior a 7.5 gramos de azúcar por cada 100 ml.-

Dentro del plan de acción para mejorar la salud en la República de Panamá, la distribución del gravamen quedará de la siguiente manera: 35% será destinado para el Ministerio de Salud (MINSA), 25% para el Instituto Oncológico Nacional (ION), 15% para las clínicas estatales que atienden a pacientes diabéticos y con enfermedades crónicas; mientras que el 15% será dirigido al Ministerio de Educación, 5% para el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y el 5% restante para el Ministerio de Comercio e Industrias.-

El MINSA destaca que con la aprobación de esta nueva norma se establece además una comisión que velará por el uso apropiado de los fondos que emanen de este impuesto selectivo, por lo que se contará con un plan de acción que apoyarán otras entidades como ACODECO, la Cámara de Comercio, Sindicato de Industriales de Panamá entre otros. -

Además, la ley establece un plazo de 90 días hábiles para que la industria de bebidas azucaradas, incluya en todos sus productos nacionales o importados el contenido nutricional en su etiquetado, el cual debe estar en idioma español. -
 

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