Desde que se inició la actual gestión gubernamental se han sometido a revisión por parte de la comisión evaluadora 322 expedientes con características muy diversas, algunos para evaluar la situación de un individuo con respecto a si es o no víctima del Dietilenglicol, otros para revaluar la condición, para reconocer beneficiario una vez falleció la víctima o porque el beneficiario alcanzó la mayoría de edad.
Los expedientes fueron remitidos por el Ministerio Público a la Secretaría General del Ministerio de Salud, se reevaluaron ciento doce (112), dos (2) personas fueron reconocidas como afectadas y por ende se les reconoce el derecho a recibir la pensión vitalicia especial, ciento diez (110) personas que no fueron reconocidas por la Comisión Evaluadora de análisis y estudios de casos de dietilenglicol como afectadas a su salud por los medicamentos contaminados, pero las mismas se encuentran registradas en una lista como personas que reciben pensión vitalicia especial (nota DENSYPS-CET-402-2019 de 5 de abril de 2019).
Ciento sesenta (160) expedientes, fueron gestionados con los equipos de asesoría legal de las regiones de Salud quienes procedieron a notificar a las personas según la información que constaba en el expediente de su lugar de residencia. De estos 73 presentaron recurso de reconsideración y cincuenta (50) reevaluaciones que no se concluyeron, por lo cual se solicitó información, a la Caja de Seguro Social (CSS).
Durante el año 2021 y lo que transcurre del 2022 se continuó con el trámite de actualización, registrando lo siguiente, ciento nueve (109) personas fueron notificadas de sus resoluciones y de estas noventa y ocho (98) presentaron recurso de reconsideración, los cuales fueron resueltos y actualmente han agotado la vía gubernativa, once (11) no sustentaron el recurso de reconsideración, por lo que fueron declarado desiertos los recursos, cincuenta y un (51) resoluciones están pendientes de notificación, ya que no se cuenta con información para contactar a estas personas.
De las 50 reevaluaciones, cuarenta y uno (41) expedientes fueron reevaluados, de siete (7) se recibió información de la CSS y están pendientes de reevaluación, dos (2) están a la espera de completar la información que debe ser remitida por la institución (DVMS-N 1101-21-DEG-341-21 de 25 de noviembre de 2021); en septiembre de 2021, se remitieron ocho (8) expedientes, siete (7) para reevaluación y uno (1) para evaluación.
De 35 solicitudes remitidas por la CSS para el reconocimiento del beneficiario por fallecimiento del titular del derecho y por el cumplimiento de la mayoría de edad del titular, diez (10) solicitudes fueron negadas por el no cumplimiento de los requisitos, a seis (6) se les reconoce el derecho por el fallecimiento del titular o el cumplimiento de la mayoría de edad.
Seis (6) fueron devueltos a la CSS para subsanar requisitos exigidos por la ley, trece (13) están pendientes de resolver. Con respecto a la lista remitida por Cofadesavi, de doscientas trece (213) personas en total, se encontró, cincuenta y uno (51) cuentan con Resolución Ministerial, ciento sesenta y dos (162) el Minsa está a la espera que los expedientes sean remitidos y uno (1) se encontraba repetido.
Al concluir este informe aún se está a la espera de un total de setecientos cuatro (704) expedientes administrativos que contienen la información clínica de personas que presentaron solicitudes de reconocimiento de Pensión Vitalicia Especial, los cuales deben ser remitidos por la Caja de Seguro Social.